• Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

SAT Piura brindará beneficios por emergencia de coronavirus

Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado
 

yo me quedo 1170x600

 

Se suspenden procedimientos administrativos

Tras la disposición de Emergencia Nacional para frenar el avance del nuevo coronavirus COVID-19 en el país, el Servicio de Administración Tributaria de Piura – SATP brindará algunas facilidades a los contribuyentes durante el aislamiento social obligatorio.Las medidas que se efectuarán son de acuerdo a la Ley del Procedimiento Administrativo General TUO de la Ley (27444) y en uso de las facultades discrecionales que le otorga el Código Tributario.

Se suspende el inicio y tramitación de todo procedimiento de ejecución coactiva. No se ordenarán ni ejecutarán medidas cautelares como embargos. Se suspende el inicio y tramitación de todo procedimiento administrativo sancionador, incluyendo los que correspondan por infracciones a los reglamentos de tránsito y transporte.

Además, quedan suspendidos los plazos para la tramitación de procedimientos administrativos, entre ellos los de presentación de solicitudes, descargos, recursos y medios probatorios, así como para la subsanación de requisitos de admisibilidad y procedencia.Las cuotas de los compromisos de pago serán reprogramadas automáticamente, postergándose cada una de ellas durante dos meses, respecto de las fechas fijadas inicialmente.

Los descuentos para el pago de multas se mantienen vigentes: el cómputo del plazo queda suspendido hasta que se declare el levantamiento del estado de emergencia nacional. No se impondrá multa tributaria por no presentar declaración jurada cuyo plazo venza durante el periodo de emergencia nacional.

Asimismo, el SATP pone a disposición su fan page SAT de Piura para absolver cualquier tipo de consulta tributaria y no tributaria. Exhortamos a los ciudadanos a cumplir con las recomendaciones brindadas por el Gobierno y quedémonos en casa para evitar la proliferación de este virus.

DEUDA TRIBUTARIA

Cabe indicar, que pese a no atender en nuestras sedes, los contribuyentes que deseen efectuar pagos de impuesto predial, vehicular y arbitrios municipales podrán realizarlos con su código de contribuyente, a través del sistema bancario:

 

ENTIDAD BANCARIA N° DE CUENTA

Banco Interbank: 7203030355669

Banco de la Nación: 0631-117414

CMAC Piura SAC: 110012473043

Banco Continental – BBVA: 001102780100003123

Banco de Crédito – BCP: 4751407049094


Escribenos un mensaje
© 2024 Servicio de Administración Tributaria de Piura -SATP - All Rights Reserved.