Constancia de no obligación al pago del Impuesto de Alcabala
Este trámite debe ser efectuado por el titular que requiera una constancia de no estar obligado al pago del Impuesto de Alcabala, de acuerdo a los supuestos señalados en la Ley de Tributación Municipal ( Art. 27 ). Se precisa que previamente a solicitar esté trámite debe haber cumplido con declarar la propiedad del predio que requiere la constancia
Tener en cuenta
El Trámite tiene un costo de S/ .8.70
Debe efectuarlo por internet a través de la Mesa de Partes Virtual .
Mientras se encuentre suspendida la atención presencial de la Mesa de Partes, el trámite debe realizarlo el Titular, previo a haberse AFILIADO a SATP Oficina Virtual y luego registrarlo en la Mesa de Partes Virtual .
Cuando el trámite sea presencial : debe exhibir su DNI y si fuera presentado por un tercero debe adjuntar Declaración Jurada de Representación