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Lic. Margarita Atoche Seminario, especialista en Registro Tributario del SATP nos explica el proceso para pagar esta importante obligación

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“Toda transferencia, compra, venta o donación está obligada a pagar impuesto de alcabala”

 

¿Qué es el impuesto de alcabala?

El Impuesto de Alcabala es de realización inmediata y grava las transferencias de propiedad de bienes inmuebles urbanos o rústicos a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad.

 

¿Es decir que, si compro una casa, un edificio o un terreno yo tengo que pagar este tipo de impuesto?

Exacto. Al momento de realizar una transferencia, ya sea por compra venta, donación o cualquiera sea su forma o modalidad, yo estoy obligado a pagar el impuesto a la alcabala.

¿Y cómo se calcula el monto que voy a pagar por este impuesto cuando compro o me regalan un inmueble?

Primero, tenemos que saber que todo hecho gravable tiene una base imponible y esta base imponible del impuesto es el valor de transferencia, el cual no podrá ser menor al valor de autovalúo del predio correspondiente al ejercicio en que se produce la transferencia ajustada por el Índice de Precios al por Mayor (IPM).

 Por eso se hace un comparativo entre el autoevalúo y el valor de la transferencia y a este valor de transferencia le voy a restar las primeras 10 unidades impositivas tributarias y al resultado le aplico el 3 %.

Pongamos un ejemplo en cifras para entender mejor. ¿Si compro una casa en 50 mil soles, cuánto debo pagar por alcabala?

En este caso, el valor de la transferencia es de 50 000 soles y a esto le resto las 10 primeras unidades impositivas tributarias. Si sabemos que cada Unidad Impositiva Tributaria (UIT) este año tiene un valor de S/ 4400, quiere decir que las 10 UIT dan un total de 44 000, entonces lo restamos de 50 000 soles nos da un monto de 6000 soles ya este monto le aplico la tasa del 3 % que me da como resultado S/. 180.00 soles y esto es lo que se tiene que pagar por Impuesto de Alcabala.

¿Y en qué momento se paga el impuesto de alcabala?

Primero se tiene que cumplir unos requisitos: el DNI de la persona que realiza el trámite y una copia del documento donde se acredita la transferencia del bien.

¿Dónde se realiza este trámite?

En el Satp. Y tenemos dos formas de realizar el trámite: presencial y virtual. La forma virtual lo pueden hacer a través de la página web: undefined  

¿Se paga en el mismo momento que se hace la transferencia o hay un plazo?

En el momento que nos presentan la documentación nosotros hacemos la liquidación y se la enviamos al comprador para que pague el impuesto. Este pago se hace al contado y debe realizarse hasta el último día hábil del mes calendario siguiente a la fecha de efectuada la transferencia. Este pago es muy importante porque va a permitir al notario formalizar la transferencia y elevarla a escritura pública.

¿Y hay transferencias que no están obligadas a pagar este impuesto?

Sí. Están inafectas del impuesto las siguientes transferencias:

-Aquellos inmuebles que no superan el valor de las 10 UIT

-la primera venta de las empresas constructoras

-los anticipos de legitima

-las sucesiones intestadas.

¿Si la transferencia del bien se hace en otro sitio que no es Piura se puede pagar este impuesto en el mismo Piura?

Están en la obligación de presentar su documentación para la liquidación y pago de Impuesto de Alcabala solo los inmuebles adquiridos o ubicados en la jurisdicción del distrito de Piura. Por ejemplo, si yo compro un inmueble en la urbanización Santa María del Pinar tengo la obligación de pagar este impuesto de la alcabala en Piura y si el bien inmueble está ubicado en el distrito de Veintiséis de Octubre yo tengo que pagar en la oficina de rentas de la municipalidad de Veintiséis de Octubre. Es decir, depende de la jurisdicción donde esté ubicado el inmueble.


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